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Noviembre-2019

EL TC declara inconstitucional la plusvalía municipal cuando el beneficio de la venta sea menor al importe del impuesto

El Tribunal Constitucional en Sentencia de 31 de octubre de 2019 ha establecido que "En aquellos supuestos en los que de la aplicación de la regla de cálculo prevista en el art. 107.4 TRLHL (porcentaje anual aplicable al valor catastral del terreno al momento del devengo) se derive un incremento de valor superior al efectivamente obtenido por el sujeto pasivo, la cuota tributaria resultante, en la parte que excede del beneficio realmente obtenido, se corresponde con el gravamen ilícito de una renta inexistente en contra del principio de capacidad económica y de la prohibición de confiscatoriedad que deben operar, en todo caso, respectivamente, como instrumento legitimador del gravamen y como límite del mismo (art. 31.1 CE)."

Aclaramos que la ganancia no sólo se obtiene de la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta, sino que a aquel además hay que sumarle otros gastos necesarios. Y todo ello, según el Tribunal, porque en otro caso se somete a tributación una renta irreal, no una renta potencial.

La Sentencia no tiene efectos retroactivos; pero puede aplicarse a supuestos en los que las reclamaciones aún estén en curso.

 
 
 
 


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